Agravante

En Derecho penal, las agravantes son circunstancias accidentales del delito, que pueden concurrir o no en el hecho delictivo, pero si lo hacen, se unen de forma inseparable a los elementos esenciales del delito incrementando la responsabilidad penal. De su concurrencia, no depende la existencia del delito, sino sólo su gravedad.

Las circunstancias agravantes pueden ser:

  • De carácter personal, que hacen referencia a la disposición moral del delincuente, a sus relaciones particulares con el ofendido o a cualquier otra causa personal.
  • De carácter objetivo, que consisten en la ejecución material del hecho o en los medios empleados para realizarlo.

La valoración de la gravedad del delito para fijar la pena es variada según los sistemas jurídicos; en algunos, como España, se fija en un catálogo de circunstancias tasadas, que tratan de evitar la arbitrariedad judicial; en otros sistemas por el contrario no existen un catálogo de circunstancias tasadas, o existen de forma específica para grupos de delitos.


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