Administradora de Fondos de Jubilaciones y Pensiones

Las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP) fueron empresas (conformadas por capitales privados, estatales o mixtos) dedicadas a administrar los fondos generados con los aportes jubilatorios realizados por los trabajadores que optaron por ser incluidos en el régimen de capitalización individual establecido por la Ley 24.241[1]​ de reforma previsional del año 1993, en Argentina, promulgada durante el gobierno de Carlos Menem. El sistema de capitalización individual funcionaba en paralelo al sistema estatal de reparto. El objetivo era gradualmente transferir todos los trabajadores al sistema de capitalización individual.[2]

La AFJP percibía una comisión, deducida del aporte previsional obligatorio de los afiliados, y administraba la inversión del capital acumulado. Su funcionamiento estaba regulado por la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (SAFJP), bajo la órbita del Ministerio de Trabajo.

En 2007 se realizaron reformas tendientes a aumentar los afiliados en el sistema estatal de reparto, durante la administración de Néstor Kirchner (PJ-FpV). Para 2006, el régimen de reparto contaba con 1,4 millones de miembros, un 19 % del total de aportantes al sistema jubilatorio.[3]​ Una de las reformas permitió a los afiliados de las AFJP pasarse de forma voluntaria al sistema de reparto. El 17,79 % de los afiliados al sistema de capitalización individual decidió pasarse al sistema de reparto[nota 1][4][3][5]​ Además de la transferencia voluntaria, en 2008 el gobierno nacional promulgó la asignación automática al sistema de reparto a todo nuevo trabajador que no optase expresamente por el de capitalización.[6]

En 2008, el sistema de las AFJP fue eliminado, creándose en su lugar un único régimen estatal de reparto, el Sistema Integrado Previsional Argentino, durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner (PJ-FpV).[7]

  1. «SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES». servicios.infoleg.gob.ar. Consultado el 11 de septiembre de 2020. 
  2. D'Elia, Vanesa Valeria (2009). «Determinantes del traspaso de los afiliados a capitalización al régimen previsional de reparto: evidencia para la Argentina». Revista Internacional de Seguridad Social (en inglés) 62 (2): 61-82. ISSN 1752-1734. doi:10.1111/j.1752-1734.2009.01329.x. Consultado el 5 de febrero de 2021. 
  3. a b Basualdo, Eduardo (Noviembre de 2009). «Documento de trabajo N.º 2: La evolución del sistema previsional argentino.». Centro de Investigación y Formación de la República Argentina. 
  4. D'Elia, Vanesa Valeria (2009). «Determinantes del traspaso de los afiliados a capitalización al régimen previsional de reparto: evidencia para la Argentina». Revista Internacional de Seguridad Social (en inglés) 62 (2): 61-82, página 70. ISSN 1752-1734. doi:10.1111/j.1752-1734.2009.01329.x. Consultado el 5 de febrero de 2021. 
  5. «Vence el plazo para realizar el traspaso al sistema de reparto - inforegion.com.ar». www.inforegion.com.ar. Consultado el 22 de noviembre de 2016. 
  6. Decreto 313/2007, http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/125000-129999/126932/norma.htm
  7. «Ley 26.425». servicios.infoleg.gob.ar. Consultado el 11 de septiembre de 2020. 


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