Cabildo catedralicio

Cabildo catedralicio, Brujas

En la Iglesia católica latina y de acuerdo con el derecho canónico, el cabildo catedralicio o capítulo catedralicio (en latín: capitulum o capitellum) es un colegio de clérigos con personalidad jurídica y autoridad normativa, instituido para ayudar al obispo con su consejo y en algunos casos, en caso de quedar vacante la sede episcopal, suplirlo en el gobierno de la diócesis cuando el papa no designa un administrador apostólico.[1]​ Su creación, disolución y modificación es materia reservada a la Santa Sede.

Los cabildos se componen de un canónigo y varias dignidades; y pueden ser «numerados» o «no numerados». La institución se halla también en el anglicanismo y el luteranismo escandinavo.

En las localidades donde no existe una catedral y, no obstante, se ha instituido un colegio de clérigos, dicha asociación se denomina cabildo colegial o colegiata.[2]​ y tiene a su cargo las mismas funciones que un cabildo catedralicio.

  1. «Catedrales de Plasencia | ¿Qué es un Cabildo?». Archivado desde el original el 30 de octubre de 2020. Consultado el 26 de octubre de 2020. 
  2. «Cabildo» (en inglés estadounidense). Consultado el 26 de octubre de 2020. 

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