Sentencia

La sentencia es la resolución judicial que contiene la decisión del juez o el tribunal interviniente sobre el fondo de la cuestión que se le ha encargado juzgar. La sentencia es definitiva cuando es tomada en un juicio (litis) y pone fin a la intervención de ese juez o tribunal en ese juicio. La sentencia definitiva no queda firme o "ejecutoriada", hasta que sea confirmada al finalizar todas las instancias de revisión, mediante los recursos establecidos en la ley de procedimientos aplicable.[1]​ Para dar por concluido un caso es necesario que exista sentencia definitiva firme. A partir de ese momento se considera que hay "cosa juzgada" y el caso no puede ser reabierto, salvo circunstancias excepcionalísimas (por ejemplo la aparición con vida de la persona que había sido considerada asesinada en un juicio).[1]

En el procedimiento penal, debido a que tiene dos etapas, la primera de investigación y la segunda de juicio, solo puede establecerse la culpabilidad de una persona mediante sentencia definitiva dictada en el juicio, habitualmente oral, una vez que la misma ha quedado firme y que se produzca el "doble conforme", es decir que hayan existido dos sentencias judiciales sucesivas estableciendo la culpabilidad de la persona acusada.

La sentencia declara o reconoce el derecho o razón de una de las partes, obligando a la otra a pasar por tal declaración y cumplirla. En derecho penal, la sentencia absuelve o condena al acusado, imponiéndole en este último caso la pena correspondiente.

Usualmente los medios de comunicación suelen denominar erróneamente como "sentencia", decisiones que no ponen fin a la causa. En esos casos lo correcto es referirse a las mismas como "resolución judicial".

  1. a b Orgaz, Arturo (1952). «Sentencia». Diccionario de Derecho y Ciencias Sociales. Córdoba: Assandri. p. 378. 

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