Cortes Valencianas

Cortes Valencianas
Corts Valencianes
XI legislatura

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Hemiciclo de las Cortes Valencianas
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Palacio de Benicarló
Plaza de San Lorenzo, 4
46003 Valencia, España
Información general
Ámbito Bandera de la Comunidad Valenciana Comunidad Valenciana
Creación 1 de julio de 1982
Atribuciones Título Tercero, Capítulo II del Estatuto de Autonomía Valenciano
Tipo Parlamento autonómico (Unicameral)
Inicio de sesiones 26 de junio de 2023
Límite Legislatura de 4 años
Salario 2511 /mes (sin contar compl. ni pagas extras)[1]
Liderazgo
Presidenta Llanos Massó
desde el 26 de junio de 2023
Vicepresidente primero Alfredo Castelló
desde el 26 de junio de 2023
Vicepresidenta segunda Gabriela Bravo
desde el 26 de junio de 2023
Secretario primero Víctor Soler
desde el 26 de junio de 2023
Secretaria segunda María José Amigó
desde el 26 de junio de 2023
Composición
Miembros 99 diputados
(mayoría absoluta: 50)
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Grupos representados

Gobierno (40)   40   PPCV

Oposición (59)   31   PSPV-PSOE  15   Compromís  13   Vox
Elecciones
Sistema electoral Sistema D'Hondt con representación proporcional por listas cerradas
Última elección 28 de mayo de 2023
Sitio web
www.cortsvalencianes.es
Sucesión
X Legislatura Cortes Valencianas XII Legislatura

Las Cortes Valencianas (en valenciano y oficialmente, Les Corts o Corts Valencianes) son, según el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, el órgano legislativo de la Generalidad Valenciana y, por tanto, de esa comunidad autónoma española. Representa el pueblo valenciano a través de sus parlamentarios elegidos por la vía de sufragio universal directo, libre y secreto. Tiene como sede el Palacio de Benicarló, en la ciudad de Valencia.

La denominación «Cortes Valencianas» se origina en la voluntad de la recuperación de la denominación histórica, pero el sistema de representación, competencias y funcionamiento no son similares a las de las Cortes Valencianas del Antiguo Régimen, que representaban los tres brazos (eclesiástico, militar/nobiliario y real).

El Estatuto de Autonomía menciona fundamentalmente las Cortes Valencianas en su segundo capítulo, título III, aunque también hay referencias en otros artículos. El Estatuto simplemente indica la composición de las Cortes, sus funciones, los principios básicos del sistema electoral, y hace un boceto general del Estatuto de los Diputados. De las leyes que desarrollan el Estatuto, el Reglamento de las Cortes Valencianas regula la organización y el funcionamiento de las Cortes. El primer Reglamento de las Cortes se aprobó en la etapa transitoria, y desde ese momento el reglamento se ha modificado en varias ocasiones, siendo el Reglamento actual del 18 de diciembre de 2006.

Según el Estatuto, las Cortes Valencianas se componen de un número no inferior a 99 diputados (la Ley Electoral valenciana fija ese número en 99 diputados). La provincia es la circunscripción electoral. En la VI legislatura correspondieron 35 diputados por la circunscripción de Alicante, 24 diputados por la de Castellón y 40 diputados por la de Valencia. El Estatuto de Autonomía también establece que para poder obtener un escaño, los candidatos tienen que formar parte de una lista que supere, en número de votos, el exigido por la Ley Electoral valenciana (5 % del total de votos emitidos en toda la Comunidad). Esto ha dejado fuera del marco parlamentario valenciano a algunas formaciones que se han quedado rozando este límite. Para las listas que superan el 5 %, el sistema que se utiliza es el sistema D'Hondt.

  1. Cortes Valencianas. «Retribuciones diputados/as 2022». www.cortsvalencianes.es. Consultado el 28 de julio de 2023. 

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