Inmueble

Detalle de la fachada de un inmueble: Se trata del Palacio del Duque de Medina Sidonia, situado en Sanlúcar de Barrameda.

Se consideran bienes inmuebles o bienes raíces todos aquellos bienes por estar ligados al suelo no se mueven. Están asociados física o jurídicamente al terreno. Para efectos jurídicos registrales, en algunas legislaciones los buques y las aeronaves tienen consideración semejante a la de los bienes inmuebles.

El diccionario Panhispánico del español jurídico los define como: "Desde el punto de vista catastral, porción de suelo o parcela enclavada en un término municipal y cerrada por una línea poligonal que delimita el ámbito espacial del derecho de propiedad de dicha parcela y, en su caso, de las construcciones situadas en la misma"[1]

  1. «Bien Inmueble - Diccionario Panhispánico del español jurídico». 

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