Vivienda

El Derecho a la vivienda aparece recogido en el artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948. Algunas constituciones nacionales también lo recogen.[1]
Vivienda prefabricada constituida por seis módulos en Valencia, España.
Edificaciones en el centro de la ciudad de Madrid, España, utilizadas en su mayoría para oficinas, comercios y bancos, residualmente para viviendas.
Favela da Rocinha, en la ciudad de Río de Janeiro, Brasil.
Bloque de viviendas en la Zona Central de São Paulo, Brasil.
Un bloque de viviendas en China.
Complejo de bloques de viviendas en Gurgaon, Haryana, India.

La vivienda es una edificación cuya principal función es ofrecer refugio y habitación a las personas, protegiéndolas de las inclemencias climáticas y de otras amenazas. Otras denominaciones de vivienda son: apartamento, aposento, casa, domicilio, estancia, hogar, lar, mansión, morada, piso, etc.

El derecho a la vivienda digna se considera uno de los derechos humanos fundamentales.[1]

  1. a b Ver art. 25 Declaración Universal de los Derechos Humanos, París, 1948, en Wikisource

© MMXXIII Rich X Search. We shall prevail. All rights reserved. Rich X Search