Crimen de lesa humanidad

Un grupo de civiles contemplan, bajo el control de militares y médicos estadounidenses, los cadáveres de mujeres judías asesinadas por las SS durante el Holocausto, en Checoslovaquia.

Se consideran crimen de lesa humanidad —o crimen contra la humanidad— cualquiera de las atrocidades y delitos de carácter inhumano,[1]​ que forman parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil, cometido para aplicar las políticas de un Estado o una organización.[2][3][4]​ Los crímenes de lesa humanidad son una de las cuatro clases de crímenes que la Organización de las Naciones Unidas considera de mayor trascendencia para la comunidad internacional, junto al crimen de genocidio, los crímenes de guerra y el crimen de agresión. Estos conceptos comenzaron a ser definidos en el marco de las Naciones Unidas, al finalizar la Segunda Guerra Mundial, ante la preocupación generada por los genocidios que «en todos los períodos de la historia ha infligido grandes pérdidas a la humanidad».[5]

Los delitos de lesa humanidad, cometidos como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil, incluyen una gama de delitos contra las personas, como el homicidio, la esclavitud, la violación, la esterilización forzada y demás actos de violencia sexual grave, el traslado forzoso de población, la tortura, las detenciones arbitrarias, la desaparición forzada, la persecución de determinados grupos de la población, la segregación racial, y en general todos aquellos actos cometidos con la intención de causar grandes sufrimientos o atentar gravemente contra la integridad física o la salud mental o física de las víctimas. En 1968 se aprobó la Convención sobre la imprescriptibilidad[6]​ de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad. Varios países han establecido que los mismos tampoco pueden ser objeto de amnistía, u otras formas de atenuación de las responsabilidades establecidas por ley.[7]

Para el enjuiciamiento de los crímenes de lesa humanidad existe el principio de jurisdicción universal según el cual cualquier Estado puede enjuiciar y condenar penalmente a sus autores, independientemente del lugar donde los mismos hayan sido cometidos, debido a que por su propia naturaleza la afectada es la comunidad internacional y la humanidad como tal.[8]​ Pese a ello en muchos casos los acusados y los países a los que pertenecen, han invocado con éxito la inaplicabilidad del principio a su caso. En 1998 se creó el Tribunal Penal Internacional (TPI), con la función de crear un ámbito internacional para enjuiciar los crímenes de lesa humanidad, el genocidio, los crímenes de guerra y el crimen de agresión. Según el principio de complementariedad, la competencia del TPI es concurrente con la de los Estados nacionales. El TPI no cuenta con la adhesión de las principales potencias militares del mundo, como Estados Unidos, Rusia y China, y por lo tanto no puede enjuiciar a los criminales de dichas nacionalidades[cita requerida].

  1. «artículo II». Ley Número 10 del Consejo de Control Aliado para Alemania. 20 de diciembre de 1945. 
  2. Naciones Unidas (17 de julio de 1998). «Estatuto de Roma del Tribunal Penal Internacional». Naciones Unidas. 
  3. Lozada, Martín (2019). «2. Crímenes de lesa humanidad». Crímenes de lesa humanidad y genocidio. Viedma: Universidad Nacional de Río Negro. pp. 33-52. ISBN 9789874960146. 
  4. ACNUR (9 de mayo de 2017). «Crímenes de lesa humanidad, las mayores atrocidades de la historia». 
  5. Roulet, Florencia; Garrido, María Teresa (julio/diciembre 2011). «El genocidio en la historia: ¿un anacronismo?». Corpus 1 (2). 
  6. Real Academia Española, ed. (2020). «imprescriptibilidad». Diccionario panhispánico del español jurídico. 
  7. Argentina y Guatemala son algunos de las países que establecieron la ilegalidad de la amnistía y otras formas de atenuación de la responsabilidad penal en casos de crímenes de lesa humanidad. Fundación Myrna Mack (28 de junio de 2012). «Un análisis de la amnistía en Guatemala». Fundación Myrna Mack.  CELS. «Las leyes de Punto Final y Obediencia Debida son inconstitucionales. Síntesis del fallo del Tribunal Supremo de Justicia de la Nación que resuelve la inconstitucionalidad de las leyes del perdón». CELS. Argentina.  «Ley 27.362. Conductas delictivas. Delitos de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra.». Infoleg. 12 de mayo de 2017. 
  8. Macedo, Stephen, ed. (2001). The Princeton Principles on Universal Jurisdiction. Nueva Jersey: Universidad de Princeton. ISBN 0-9711859-0-5. 

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